[ACTUALIZADO 2021] Calendario general del contribuyente

Imagen Post Calendario del contribuyente. Fechas del 2021

[ACTUALIZADO 2021] Calendario general del contribuyente

Cuando comienza el año es habitual preguntarse cómo va a ser el calendario del contribuyente para los próximos 12 meses. Desde Gesticentro nos gusta ponértelo fácil resumiendo todas las fechas en un único post para que puedas consultar con sencillez cuáles afectan a tu negocio.

En esta primera tanda te mostramos las fechas importantes para los primeros 6 meses del año y en un futuro actualizaremos la información con el segundo semestre del 2021.

Fechas del calendario del contribuyente

Vamos a organizar la información por meses, y en cada día destacado te indicaremos los modelos que deben presentarse y a qué tipo de obligación tributaria pertenecen. En el blog puedes encontrar la explicación de alguno de ellos, e iremos ampliando este tipo de informaciones.

Si aún así queda alguna duda, por favor déjanos tus comentarios y la resolveremos lo antes posible.

Enero

El 20 de enero se acaba el plazo para:

  • Rentas y sociedades: modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216 y 230.
  • IVA: modelos 039 y 368.
  • Impuesto sobre las primas de seguros: modelos 430 y 480.
  • Impuestos especiales de fabricación: modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558, 561, 562, 563, 548, 566, 581, 570, 580 y 510.
  • Impuesto especial sobre la electricidad: modelo 560.
  • Impuestos medioambientales: modelos 584, 585 y 587.
  • Impuesto especial sobre el carbón: modelos 595 y 596.

El 30 de enero se acaba el plazo para:

  • Rentas y sociedades: modelos 130 y 131.
  • IVA: modelos 303, 322, 340, 349, 353, 380, 309, 390, 308, 341, 036 y 037.

El 31 de enero se acaba el plazo para:

  • Rentas y sociedades: modelos 180, 188, 190, 193, 193-S, 194, 196 y 270.IVA
  • IVA: Solicitud de aplicación del porcentaje provisional de deducción distinto del fijado como definitivo en el año precedente: sin modelo
  • Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación: modelo 165.
  • Declaración informativa anuala de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento: modelo 171.
  • Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos: modelo 179.
  • Declaración informativa de préstamos y créditos y otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles: modelo 181.
  • Donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas: modelo 182.
  • Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas: modelo 184.
  • Declaración informativa de adquisiciones y enajenaciones de acciones y participaciones en instituciones de inversión colectiva: modelo 187.
  • Operaciones con activos financieros: modelos 192 y 198.
  • Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia: modelo 345.

Febrero

El 15 de febrero se acaba el plazo para:

  • Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados: modelo 233.

El 20 de febrero se acaba el plazo para:

  • Rentas y sociedades: modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 230.
  • Número de identificación fiscal: modelos 195 y 199 referentes a la declaración trimestral del cuarto trimestre de 2017 y a la declaración anual de 2017.
  • IVA: modelos 340, 349 y 380.
  • Subvenciones, indemnizaciones o ayudas de actividades agrícolas, ganaderas o forestales: modelo 346.
  • Impuesto sobre las primas de seguros: modelo 430
  • Impuestos especiales de fabricación: modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558, 561, 562, 563, 548, 566, 581, 570, 580 y 510.
  • Impuesto especial sobre la electricidad: modelo 560.
  • Impuestos medioambientales: modelo 583.

El 28 de febrero se acaba el plazo para:

  • IVA: modelos 303, 322 y 353.
  • Impuesto sobre sociedades: modelo 036.
  • Declaración anual de consumo de energía eléctrica: modelo 159.
  • Declaración informativa anual de operaciones realizadas por empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o débito: modelo 170.
  • Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo: modelo 280.
  • Declaración anual de operaciones con terceros: modelo 347.

Marzo

El 20 de marzo se acaba el plazo para:

  • Rentas y sociedades: modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 230.
  • IVA: modelos 340, 349 y 380.
  • Impuesto sobre las primas de seguros: modelo 430
  • Impuestos especiales de fabricación: modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558, 561, 562, 563, 548, 566, 581, 570, 580 y 510.
  • Impuesto especial sobre la electricidad: modelo 560.

Abril

El 1 de abril se acaba el plazo para:

  • IVA: modelos 303, 322 y 353.
  • IVA: modelos 303, 322 y 353.
  • Impuestos medioambientales: modelo 586.
  • Declaración informativa de valores, seguros y rentas: modelo 189.
  • Declaración informativa sobre clientes perceptores de beneficios distribuidos por instituciones de inversión colectiva españolas, así como de aquellos por cuenta de los cuales la entidad comercializadora haya efectuado reembolsos o transmisiones de acciones o participaciones: modelo 294.
  • Declaración informativa sobre clientes con posición inversora en instituciones de inversión colectiva españolas, referida a fecha 31 de diciembre del ejercicio, en los supuestos de comercialización transfronteriza de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva españolas: modelo 295.
  • Impuesto sobre hidrocarburos: modelo 512.
  • Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero: modelo 720.

Desde el 2 de abril hasta el 1 de julio se abre el plazo para presentar la declaración de la Renta 2020 y Patrimonio 2020.

El 22 de abril se acaba el plazo para:

  • Rentas y sociedades: modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230, 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 130, 131, 202 y 222.
  • IVA: modelos 340, 349, 380, 303, 309, 349, 368, 380, 308 y 341.
  • Impuesto sobre las primas de seguros: modelo 430.
  • Impuestos especiales de fabricación: modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558, 561, 562, 563, 548, 566, 581, 570, 580, 521, 522, 547, 582, 506, 507, 508, 524, 572 y 510.
  • Impuesto especial sobre la electricidad: modelo 560.
  • Impuestos medioambientales: modelos 585 y 589.
  • Impuesto especial sobre el carbón: modelo 595.

El 30 de abril se acaba el plazo para:

  • IVA: modelos 303, 322 y 353.
  • Número de identificación fiscal: modelo 195.

Mayo

El 14 de mayo se abre el plazo hasta el 1 de julio para:

  • Declaración anual de la Renta 2017 D-100: presentarlo por parte de las entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT.

El 20 de mayo se acaba el plazo para:

  • Rentas y sociedades: modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 230.
  • IVA: modelos 340, 349 y 380.
  • Impuesto sobre las primas de seguros: modelo 430
  • Impuestos especiales de fabricación: modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558, 561, 562, 563, 548, 566, 581, 570, 580 y 510.
  • Impuesto especial sobre la electricidad: modelo 560.
  • Impuestos medioambientales: modelos 583 y 587.

El 30 de mayo se acaba el plazo para:

  • IVA: modelos 303, 322 y 353.

El 31 de mayo se acaba el plazo para:

  • Declaración anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua: modelo 289.
  • Declaración anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses: 290.

Junio

El 20 de junio se acaba el plazo para:

  • Rentas y sociedades: modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 230.
  • IVA: modelos 340, 349 y 380.
  • Impuesto sobre las primas de seguros: modelo 430
  • Impuestos especiales de fabricación: modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558, 561, 562, 563, 548, 566, 581, 570, 580 y 510.
  • Impuesto especial sobre la electricidad: modelo 560.
  • Impuestos medioambientales: modelos 584.

El 26 de junio se acaba el plazo para:

  • Renta y patrimonio D-100 y D-714: Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

Si necesitas más información sobre el calendario del contribuyente siempre puedes visitar la página de la Agencia Tributaria o, como ya hemos dicho, dejarnos tus comentarios en el blog o en las redes sociales. ¡Gracias por leernos!

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