Cómo presentar el IVA anual de tu empresa

Imagen Post IVA anual: Qué es y cómo se presenta

Cómo presentar el IVA anual de tu empresa

Conocer cómo presentar el IVA anual de tu empresa en el cierre del ejercicio contable, qué modelo es el adecuado y qué información tener en cuenta antes de presentarlo, es algo que debes saber si eres autónomo o si tienes una empresa; siempre que tu actividad esté sujeta a IVA, sobre todo si quieres evitar malentendidos con Hacienda.

Por tanto, si eres autónomo o dueño de una empresa, debes saber cómo presentar este resumen anual de IVA en el cierre del ejercicio contable y asegurarte de que los datos son correctos y correlativos a los que presentaste en cada trimestre, con el modelo 303.

¿Qué es el resumen anual de IVA o modelo 390?

El resumen anual de IVA o modelo 390 es una declaración informativa que tiene como objetivo notificar a Hacienda todas las operaciones hechas durante el ejercicio fiscal, asociadas a la liquidación del IVA.

Es decir, este modelo 390 equivale al 303, con la diferencia de que el primero se extiende al año.

Pero ojo, lo importante en este modelo es que te asegures de que los datos coincidan con los modelos presentados en cada trimestre; porque en caso contrario, la Agencia Tributaria puede pedirte explicaciones.

¿Quién tiene que presentar el IVA anual y quién no está obligado?

Cualquier autónomo o empresario que realice una actividad sujeta a IVA,  tiene la obligación de presentar este modelo.

En cambio, aquellos que están exentos de presentar el IVA anual son los sujetos exentos de presentar el modelo 303. Y además, aquellos que realicen las siguientes actividades:

  • De arrendamiento de bienes inmueble urbanos.
  • Tributadas en régimen simplificado del IVA.

Por otro lado, quedan exonerados del IVA anual otros sujetos, donde Hacienda ya cuenta con sus libros de registro del impuesto, gracias a la entrada en vigor del Suministro Inmediato de Información (SII). Estos son:

  • Registrados en el régimen de devolución mensual de IVA (Redeme).
  • Grandes empresas (aquellas que superan los 6.010.121,04€ anuales).
  • Grupos de IVA.
  • Los que voluntariamente deciden hacerlo.

Información necesaria para realizar la declaración anual del IVA

El modelo 390 debe presentarse justo después del cierre contable, del 1 al día 30 de enero.  Y podrá realizarse mediante vía telemática, en primera persona o a través de un representante autorizado.

Pero antes de dar el paso, te aconsejamos que tengas claro y tengas a mano toda esta información:

  • Tipo impositivo de IVA aplicable: 4 %, 10 % o 21 %.
  • Base imponible y cuota de IVA que corresponde.
  • Identificar si la operación es nacional, intracomunitaria o extracomunitaria.
  • Distinguir los bienes de inversión de los gastos corrientes.

Estructura del modelo 390

Una vez que has recabado esta información para presentar el IVA anual, a grandes rasgos esta es la estructura de la que consta el modelo 390:

  • Datos identificativos del sujeto pasivo de IVA: este es el del autónomo o sociedad. Y deberás señalar si este pertenece a algún grupo excluido.
  • Devengo: aquí debe especificarse el año (ejercicio) y si la declaración es sustitutiva o no. En caso afirmativo, se marcará la casilla y en caso negativo, se anulará.
  • Datos estadísticos: se trata de una descripción de la actividad económica que realices, y que ya diste de alta en el modelo 036, con la clave y el epígrafe.
  • Datos del representante y firma de la declaración: solo se rellenará en caso de que realice la declaración un representante que hayas autorizado. Aquí este deberá completar sus datos: NIF, nombre del autónomo o empresa, domicilio fiscal, la fecha y firma digital.
  • IVA devengado: aquí se especifican los ingresos recibidos en el desarrollo de tu actividad. Y debes desglosarlo según la actividad y el tipo de IVA aplicable.
  • IVA deducible: aquí se reflejarán los gastos, señalando el IVA deducible de las operaciones realizadas, para después restarlo al IVA devengado. Habrá que diferenciar bien si se trata de una operación intracomunitaria, nacional o extracomunitaria.
  • Resultado liquidación anual: a cumplimentar por los sujetos que tributen por la Administración del Estado (menos los del País Vasco y Navarra). Se trata del resultado de cada una de tus declaraciones trimestrales.
  • Tributación por razón de Administración: aplicables a aquellos sujetos dados de alta en el País Vasco y Navarra.
  • Resultado de las liquidaciones: divididos en 2 grupos. Uno, para empresarios que pertenecen al Régimen Especial del Grupo de Entidades y otro, para aquellos que no tributen en ese régimen.
  • Volumen de operaciones: dependiendo de las operaciones realizadas, se obtendrá un resumen total de los ingresos.
  • Operaciones específicas: este apartado se utiliza para detallar operaciones especiales.
  • Prorrata: debe rellenarse por aquellos que realizan operaciones con derecho a deducción y sin derecho a deducción a la vez. Y habrá que tener en cuenta la actividad económica (con el código CNAE), la cuantía de las operaciones, así como las operaciones con derecho a deducción, el tipo de prorrata y el porcentaje aplicable.
  • Actividades con regímenes de deducción diferenciados: este último módulo engloba las actividades con regímenes de deducción diferenciado, donde será necesario desglosar el IVA deducible de cada operación.

¿Te ha resultado muy complejo entender este modelo? Si el papeleo te quita mucho tiempo y quieres presentar el IVA anual correctamente (tanto si eres autónomo o empresario), no dudes en consultarnos todas tus dudas. O si lo prefieres, puedes dejar en nuestras manos toda esta gestión contable para dedicarte exclusivamente a tu negocio.

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