8 Tipos de contratos laborales vigentes en España

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8 Tipos de contratos laborales vigentes en España

Durante los últimos años hemos vivido cambios y reformas relacionadas con el trabajo, la contratación y las condiciones laborales aceptables en cada caso.

Esto ha provocado que muchas personas ahora se sientan desorientadas en este sentido, y no tengan claro qué es lo que se pueden encontrar a la hora de firmar un contrato de trabajo con una empresa.

8 Tipos de contratos que puede ofrecerte una empresa y sus características vía @gesticentro Clic para tuitear

Vamos a hacer un rápido repaso a estos 8 tipos de contratos que existen hoy en día y a sus principales características.

8 Tipos de contratos

Hay que tener claro que cuando hablamos de contratos no referimos a los acuerdos de trabajo que se firman entre una empresas y una persona que va a formar parte de su equipo humano.

En estos acuerdos, formalizado en papel o de manera verbal, siempre deben aparecer los siguientes datos:

Datos de la empresa contratante.

Datos del trabajador.

Información sobre el puesto de trabajo: lugar, características, horario, fechas, etc.

Duración del periodo de prueba, si es que existe.

Categoría o grupo profesional del puesto.

Convenio colectivo al que se adscribe el puesto.

Días asignados para vacaciones.

Nosotros siempre recomendamos que los contratos se formalicen por escrito para evitar posibles problemas en el futuro.

Contrato indefinido

Este es el tipo de contrato más conocido, y al que todos solemos aspirar. Dentro de los tipos de contratos que existen es el que más estabilidad aporta tanto al trabajador como a la empresa, ya que ofrece una continuidad indefinida en el puesto.

Contrato temporal

El contrato temporal se firma para una duración determinada. Es decir, la empresa necesita contratar a una persona, pero sabe que será solo durante un periodo de tiempo concreto, por lo que firma para esas semanas, meses o años dejando claro cuándo va a finalizar el acuerdo.

Estos contratos pueden renovarse hasta un tope, en el cual el acuerdo debe finalizar, o se debe firmar un contrato indefinido.
Todos los tipos de contratos que vamos a ver a continuación son diferentes versiones o matices de los contratos temporales.

Contrato de formación

Estos acuerdos suelen confundirse mucho con los contratos de prácticas, pero tienen diferencias notables.

Si se trata de un trabajo en formación solo se puede dirigir a personas entre 16 y 30 años, por un período máximo de 3 años y nunca por un salario menor que el mínimo interprofesional.

Contrato de prácticas

En este caso el salario nunca puede ser inferior al 60% de lo que cobra un empleado normal en el mismo puesto que el que está en prácticas. Y la duración debe ir entre los seis meses y los dos años como mucho.

Para acceder a este tipo de puesto se debe estar desempleado y poseer un título formativo con no más de dos años de antigüedad.

Contrato de interinidad

La interinidad suele denominarse popularmente como sustitución. Son tipos de contratos que se firman para cubrir un puesto durante la ausencia del trabajador habitual. Ausencia que puede deberse a una baja o a una excedencia.

La duración del contrato variará en tanto en cuanto sea el periodo de tiempo que el trabajador va a ausentarse de su puesto.

Contrato eventual

Los contratos eventuales se dan cuando la empresa tiene períodos con mucha carga de trabajo y buscan a alguien que pueda ayudar a solucionar esos picos de sobrecarga.

No pueden durar más de 6 meses en total.

Contrato por obra y servicio

Dentro de los diferentes tipos de contratos este y el anterior también suelen confundirse. La diferencia principal es que el anterior tiene una duración máxima estipulada y está pensado para picos de trabajo muy concretos.

En el caso de los acuerdos por obra y servicio la duración es indefinida. Es decir, la obra para la que se contrata a la persona va a tener una duración determinada, y cuando esta termine el contrato se rescindirá. Pero no se sabe cuánto va a durar, por lo que no hay fecha de fin definida de antemano.

Contrato de relevo

Por último, vamos a ver el contrato de relevo. No es muy habitual encontrarse con esta situación, pero se debe conocer igual que los otros 7 tipos de contratos.

El de relevo se utiliza cuando alguien solicita la jubilación parcial y por tanto disfruta de una reducción de jornada. El empleado que firma ese acuerdo entra a trabajar por las horas que el jubilado deja de desarrollar sus labores hasta que llegue la jubilación total de esa primera persona.

En ese caso, puede entrar a ocupar el puesto o finalizar el acuerdo. Esto se solucionará en base a las necesidades de la empresa y a lo que negocien ambas partes.

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