¿Cuándo puedo emitir facturas simplificadas?

¿Cuándo puedo emitir facturas simplificadas?

La factura simplificada, también conocida como factura simple, es un elemento fundamental en la contabilidad de autónomos, pymes y grandes empresas. 

Desde 2013 (cuando entró en vigor el Reglamento de Facturación, aprobado en el Real Decreto 1619/2012), la factura simplificada reemplaza al ticket tradicional y debe cumplir ciertos requisitos para ser válida. 

En este artículo, te explicaremos cuándo es apropiado utilizar la factura simplificada (y cuándo no) y qué información debe incluir en cualquier modelo. 

Factura simplificada: ¿cuándo pueden emitirse?

La factura simplificada podrá emitirse si se cumplen alguna de estas condiciones:

  1. Cuando el importe, incluido el IVA, no supere los 400 euros.
  2. En caso de emitir una factura rectificativa.
  3. Cuando el importe, IVA incluido, no exceda los 3.000 euros en las siguientes operaciones:
  • Ventas al por menor, incluso realizadas por fabricantes o elaboradores de productos entregados.
  • Ventas o servicios realizados en ambulancia.
  • Ventas o servicios a domicilio del consumidor.
  • Transporte de personas y sus equipajes.
  • Servicios de hostelería y restauración prestados por restaurantes, bares, cafeterías, horchaterías, chocolaterías y establecimientos similares, así como el suministro de bebidas o comidas para consumir en el acto.
  • Servicios prestados por salas de baile y discotecas.
  • Servicios telefónicos en cabinas telefónicas de uso público.
  • Servicios de peluquería e institutos de belleza.
  • Utilización de instalaciones deportivas.
  • Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos.
  • Aparcamiento y estacionamiento de vehículos.
  • Alquiler de películas.
  • Servicios de tintorería y lavandería.
  • Autopistas de peaje.

Ten en cuenta que para que el expedidor pueda deducirse el IVA con factura simplificada, debe hacer constar: el NIF del destinatario y domicilio, y la cuota repercutida.

¿Cuándo no se pueden emitir facturas simplificadas?

En las siguientes situaciones no está permitida la emisión de facturas simplificadas:

  • En entregas intracomunitarias de bienes (EIB).
  • En ventas a distancia.
  • En operaciones realizadas dentro del Territorio de Aplicación del Impuesto (TAI) donde el proveedor o prestador no esté establecido, haya inversión del sujeto pasivo y el destinatario emita la factura en nombre del proveedor o prestador.
  • En operaciones fuera del Territorio de Aplicación del Impuesto (TAI) si el proveedor o prestador está establecido fuera de la Unión Europea (UE) o cuando la operación se ubique en otro Estado miembro (EM), haya inversión del sujeto pasivo (ISP) y el destinatario no emita la factura en nombre del proveedor o prestador.

¿Qué datos debe incluir una factura simplificada?

En una factura simplificada, es necesario incluir los siguientes datos:

  • Número y, en caso de corresponder, serie. La numeración de las facturas en cada serie debe ser consecutiva.
  • Fecha de emisión de la factura. En caso de ser diferente, también se debe indicar la fecha en que se realizó el trabajo o se recibió el pago anticipado.
  • Número de Identificación Fiscal (NIF) del emisor de la factura.
  • Nombre completo o denominación social del emisor de la factura.
  • Identificación de los bienes entregados o servicios prestados.
  • Tipo impositivo del IVA aplicado y opcionalmente, la mención «IVA incluido».
  • Importe total a pagar.
  • NIF, nombre completo, dirección del destinatario y la cuota tributaria (retención de IRPF) si el destinatario es un empresario, profesional o si lo solicita para cumplir con sus obligaciones fiscales o ejercer derechos tributarios.

En definitivas cuentas, en comparación con un ticket, la factura simplificada tiene un formato más formal, aunque no llega a ser una factura completa, evitando así complicaciones administrativas.

Si quieres saber más sobre este tipo de factura o necesitas asesoramiento sobre si puedes hacer factura simplificada o no, contáctanos para ayudarte.

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