Cómo declarar bienes o derechos en el extranjero

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Cómo declarar bienes o derechos en el extranjero

¿Tienes bienes o derechos en el extranjero? Cualquier persona física o sociedad que viva en España y sea titular (o lo haya sido en el ejercicio anterior) de un bien o derecho en el extranjero, está obligado a rendir cuentas con Hacienda a través del modelo 720, aunque debemos tener en cuenta algunos detalles importantes.

Te contamos a continuación todo lo que debes saber para declarar bienes en el extranjero, qué modelo presentar y cómo presentarlo correctamente para que evites sanciones duras.

¿Es obligatorio o no declarar bienes o derechos en el extranjero? Te contamos qué modelo presentar, cómo hacerlo, quiénes están exentos y a qué sanciones te puedes enfrentar vía @Gesticentro Clic para tuitear

¿Qué modelo presentar y cómo hacerlo?

El modelo 720 es el documento que hay que presentar a la Agencia Tributaria para dejar constancia de los bienes o derechos que poseas en el extranjero. Conocer su estructura y características detalladamente evitará posibles sanciones económicas. Así que toma nota sobre cómo declarar tus bienes en el extranjero.

Primero, debes saber que tienes que presentar el modelo 720 de forma telemática mediante la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Y la fecha para hacerlo es desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo (este incluido).

Como dato importante, debes tener en cuenta que una vez presentado por primera vez el modelo 720, solo deberás volver a presentarlo si su titularidad o valor cambian. Esto es cuando:

  • Se han transmitido o vendido los bienes o derechos en el extranjero.
  • Aumenta su valor en más de 20.000 euros.

Cuidado porque si no lo presentas cuando tienes el deber de hacerlo o lo haces fuera de la fecha establecida, se te sancionará con multas importantes.

¿Quiénes están obligados a informar?

En primer lugar, están obligados a presentar y declarar sus bienes en el extranjero por el modelo 702, todas las empresas y personas físicas que tengan este tipo de bienes en el extranjero:

  • Cuentas bancarias ubicadas en el extranjero: siendo titular, autorizado o beneficiario.
  • Todos los títulos, seguros de vida, de invalidez, valores, activos, rentas vitalicias o temporales que se hayan gestionado y obtenido en el extranjero, y en los que seas tomador o beneficiario.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre estos, que estén situados en el extranjero y en los que sean titulares.

¿Y quiénes están exentos de declarar?

Las personas que no están obligadas a declarar son las que tienen derechos y bienes  en el extranjero con un valor que no supera los 50.000 euros.

En este sentido, esto hace referencia al valor individual del bien. Lo que quiere decir que si la suma en conjunto de todos tus bienes supera los 50 mil euros, no tendrás la obligación de declarar ningún bien o derecho.

No obstante, aunque este grupo esté exento, es recomendable que incluyas y registres el valor de cada bien en tu contabilidad para tener todo controlado en caso de que haya una inspección.

Consecuencias del incumplimiento de la declaración de bienes o derechos en el extranjero

No informar a Hacienda debidamente sobre tus bienes en el extranjero puede suponer multas mínimas de hasta 10.000 euros. Cada dato que no incluyas en el modelo 720 o que no se haya rellenado de forma correcta, Hacienda lo sancionará con 5.000 euros.

Por otro lado, si presentas el modelo fuera de plazo sin que Hacienda te lo haya solicitado, la sanción será de 100 euros por cada dato que no se haya incluido, llegando a multas mínimas de 1.500 euros.

Si tienes dudas sobre si declarar o no tus bienes en el extranjero, te aconsejamos que nos consultes. Valoraremos tu caso y te ayudaremos a realizar el modelo 720 en caso de que sea necesario para evitar duras sanciones.

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