Capitalización del paro: Definición y requisitos

Imagen Post Capitalización del paro

Capitalización del paro: Definición y requisitos

En esta situación de crisis económica y sanitaria son muchos los que se plantean lanzarse a la aventura de emprender, tratando así de buscar una solución laboral. Si este es tu caso y estás cobrando el paro pero quieres crear una empresa o hacerte autónomo, es muy probable que hayas oído hablar de la capitalización del paro o también llamada capitalización del desempleo. Pues bien, es importante que sepas en qué consiste exactamente antes de dar un paso equivocado.

En primer lugar, la capitalización del paro es una modalidad aprobada por el Gobierno donde se permite cobrar en un solo pago todo o parte del importe de la prestación por desempleo, facilitando así a los desempleados la opción de invertir en una sociedad o trabajar como autónomo.

Dada la gran acogida de esta prestación, son algunos cambios que el Gobierno ha tenido que hacer, ampliando el número de beneficiarios y eliminando algunos obstáculos. Vamos a verlo a continuación.

Requisitos para solicitar la capitalización del paro

Aunque de primeras se pueda pensar que la capitalización del paro es algo disponible para todos, la realidad es que hay ciertos requisitos que se deben tener en cuenta para poder solicitarlo. Podrán solicitar esta prestación todos aquellos que cumplan con las siguientes condiciones:

  • No estar de alta en la Seguridad Social, ni haber iniciado ninguna actividad económica.
  • Tener, al menos, tres mensualidades pendientes de recibir.
  • No haber pedido esta prestación en los últimos cuatro años.
  • Demostrar el alta como autónomo o socio en una cooperativa, sociedad laboral o mercantil.
  • No haber impugnado tu despido, pues no podrás pedir la capitalización del desempleo hasta que no se resuelva el expediente.

Ventajas y desventajas de capitalizar el paro

Tomar este tipo de decisiones implica muchos cambios en la vida de una persona, y por tanto se debe pensar bien y valorar los pros y los contras. Cada acción tiene sus ventajas y desventajas, y ponerlas en una balanza y valorarlas dentro de la situación de cada persona es decisivo para poder tomar la decisión.

Ventajas

  • Ayuda a que muchos arranquen en la actividad que quieren desempeñar.
  • El poder de decidir la opción del pago único para aquellos que invierten una gran suma de dinero al inicio.

Inconvenientes

  • Solo pueden acceder a esta prestación desempleados que cumplen con los requisitos mencionados más arriba. Y se excluye, por tanto, a personas asalariadas, como a aquellas que han dejado sus empleos.
  • Si el negocio no va bien y se ha invertido toda la prestación, ese individuo no volverá a disfrutar su derecho a paro (24 meses) hasta que no cumpla seis años de cotización por cuenta ajena.

El pago único y sus excepciones

Teniendo en cuenta la edad, la actividad y otras características, podemos hacer esta diferenciación de pago único:

  1. Capitalización del paro para jóvenes: Pueden solicitar el 100 % para el pago único de la inversión, los hombres con hasta 30 años y las mujeres de hasta 35. Antes el pago era hasta el 80 %, quedando el 20 % para retribuir las cuotas de autónomo.
  2. Capitalización del paro para discapacitados: Aquellos con una discapacidad mayor o igual al 33 %, pueden pedir el 100 % de la prestación en un solo pago.
  3. Capitalización del paro para socios de sociedades laborales y cooperativas: Los socios de cooperativas y sociedades laborales pueden elegir entre un pago único como aportación al capital social; en caso de que el importe sea menor a la prestación, la cantidad restante se puede destinar a pagar las cuotas mensuales de autónomos; o bien, se puede pedir el 100 % de la prestación pendiente de cobro para pagar las cuotas de autónomos de cada mes.

¿Qué documentos se necesitan para solicitar la capitalización del paro?

Puedes presentar la solicitud de pago único en el SEPE (acudiendo a la oficina mediante cita previa o vía telemática) en el momento en el que tengas derecho a la prestación por desempleo o después, siempre que te queden al menos tres mensualidades pendientes.

Si eres extranjero pero vives en España, tendrás que presentar un certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea, donde conste el NIE, pasaporte y documento que acredite el país de origen. Si no eres nacional de la UE, tendrás que presentar la tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y el pasaporte.

Después, junto a la solicitud presentada en el SEPE, deberás adjuntar una memoria de la actividad que vas a financiar con ese pago único y especificar al detalle todas las inversiones que vas a realizar. Pero ojo con este dato importante: todas las inversiones que añadas deben estar sin IVA, debido a que esta prestación no subvenciona el IVA.

Por último, recordar que hasta el año 2013, si se sobrepasaban los límites de 15.500 euros, sí había que tributar. Sn embargo, a día de hoy, el 100 % del importe recibido como capitalización del paro está exento del IRPF, sin importar cuál sea la cantidad.

Eso sí, para mantener esta exención de IRPF, la única condición que hay es que se debe mantener la actividad durante 5 años o más. En caso de incumplimiento, tendrás que abonar el IRPF de ese pago único.

Capitalizar el paro puede ser una solución idónea para muchos que necesitan invertir una gran cantidad de dinero. Sin embargo, si el negocio finalmente va mal, puede suponer un problema económico el no tener otra alternativa. Si tienes dudas sobre qué opción encaja mejor con tus necesidades, contacta con nosotros; te asesoraremos y te ayudaremos en todo lo que podamos.

No Comments

Post A Comment

Este sitio web utiliza cookies y otras tecnologías para que podamos mejorar su experiencia en nuestros sitios.    Más información
Privacidad