Regulaciones y medidas para la conciliación laboral y familiar

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Regulaciones y medidas para la conciliación laboral y familiar

Las empresas cada vez se toman más en serio incluir en sus políticas medidas concernientes a la conciliación laboral. Se preocupan y velan por el bien de sus empleados y por el suyo propio, además de querer transmitir una buena imagen de marca.

Sin embargo, aún hay muchas dudas en el aire sobre qué derechos tienen los trabajadores para conciliar su vida laboral y familiar. Y sobre todo qué dice la ley sobe esto. Hoy lo aclararemos en este artículo.

¿Qué es la conciliación laboral?

Se trata de una serie de medidas, orientadas al trabajador para facilitarle el desarrollo de su carrera, sin que esto suponga una barrea para disfrutar de una vida personal y familiar.

Además, la conciliación laboral lucha por una reestructuración en el sistema de trabajo, con el objetivo de que participen tanto hombres como mujeres por igual en el sector laboral y en la vida familiar.

¿Qué dice la ley?

El Estatuto de los Trabajadores, en el capítulo II, recoge la norma sobre conciliación laboral. Además, existe otra normativa (Decreto-ley 6/2019) donde se garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo.

Sin embargo, cada sector puede establecer acuerdos mediante convenios colectivos o incluso estipular en la empresa sus propias medidas y pautas para la conciliación laboral y familiar.

Desde el 7 de marzo de 2020, aquellas empresas con más de 50 trabajadores tienen la obligación de implantar un Plan de Igualdad para evitar cualquier discriminación de género.

¿Qué derechos otorga la ley al empleado?

Estos son algunos derechos de los trabajadores en cuanto a materia de conciliación laboral y familiar:

  • Maternidad y paternidad

En el caso de la maternidad, la madre tiene derecho a recibir el 100 % de su sueldo durante 16 semanas continuas. Aunque con algunas excepciones puede ampliarse 15 días más.

En este sentido, aún queda un largo recorrido en España, ya que comparándolo con otros países como Noruega o Suecia, el permiso es de 56 y 69 semanas respectivamente.

En cuanto al permiso de paternidad, el padre tendrá un permiso de 12 semanas, desde enero de 2020. Aunque en 2021 se aumentará a 16 semanas, las mismas que la madre.

Las 4 primeras semanas después del parto serán obligatorias. Y el resto de semanas se pueden distribuir antes de que el niño cumpla un año.

  • Lactancia

Hasta que el niño cumpla los 9 meses, la madre puede ausentarse del trabajo una hora al día para darle el pecho. Y tiene la opción de dividir esa hora en dos partes de media hora.

Aunque este permiso las madres pueden disfrutarlo de forma continuada, computándose todas las horas que podría estar dando lactancia hasta los 9 meses de edad del niño. Esta acumulación de días suma 15 días naturales.

Las madres también podrían acogerse a una reducción de jornada.

  • Vacaciones

Por mes trabajado, corresponden 2,5 días de vacaciones. Esto significa que el empleado puede disfrutar de 30 días naturales de vacaciones al año, que son 22 días laborables. Este se puede ampliar por convenio colectivo.

  • Excedencias

Aquellos que lleven al menos un año en la empresa pueden pedir una excedencia de entre 4 meses y 5 años. Y tiene que haber pasado 4 años desde su última excedencia voluntaria.

Cuando se pide una excedencia por adopción, nacimiento o acogimiento, la excedencia voluntaria será máxima de 3 años.

Para el cuidado de familiares (hasta segundo grado de consanguinidad), la excedencia puede ser de hasta 2 años. Y los motivos a presentar tienen que ser por discapacidad, enfermedad o accidente.

  • Reducción de jornada

Te puedes acoger a este derecho hasta que tus hijos cumplan 12 años. El sueldo disminuirá como mínimo una octava parte y como máximo la mitad.

También pueden acogerse a este derecho aquellos que vayan a estar al cuidado de familiares. Y, por último, aquellos que tengan un hijo hospitalizado de forma permanente (hasta que el niño cumpla los 18).

  • Flexibilidad de horarios, teletrabajo y cambio de turnos

El año pasado, el estatuto de los Trabajadores modificó el art. 34.8, con el fin de mejorar la flexibilidad laboral, el teletrabajo o los cambios de turnos.

De esta forma, los trabajadores tendrían mejores condiciones, ya que podrían así mantener su sueldo, evitar reducciones de jornadas y favorecer su conciliación laboral y familiar. Es decir, lo que se busca es reducir el salario del empelado de forma proporcional.

Medidas para mejorar y facilitar la conciliación laboral y familiar

En cuanto a las medidas que permiten mejorar la conciliación laboral y familiar (y que ya algunas empresas han implementado), podemos mencionar algunas como estas:

  • Comedor en empresas a precio asequible.
  • Durante el verano, jornada laboral intensiva (de 8 a 15 horas).
  • Flexibilidad horaria para entrar y salir (por la mañana de 7 a 9 horas y por la tarde de 15 a 17 horas).
  • Festivo en días puntuales (Nochebuena y Nochevieja).
  • Permiso de dos meses por adopción internacional.
  • Permiso para embarazadas de dos o tres semanas antes del parto.
  • Guardería en las instalaciones de la empresa.
  • Permiso por enfermedad grave de un familiar (3 días naturales si lo van a operar).

¿Qué opinas sobre estas medidas de conciliación laboral y familiar que muchas empresas ya están integrando? ¿Crees que aún falta un largo camino para conseguir una conciliación real aquí en España?

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